El esquema quedó establecido con la reforma de la Constitución Provincial, que también instituye que el mandato de los ediles será por cuatro años.
Con este paso se dejó de lado la elección de los concejales por dos años que se venía haciendo.
El texto del párrafo cuarto, en el punto 3 del artículo 172 de la Carta Magna, determina que el edil «dura cuatro años en sus funciones» y puede ser reelecto por un solo período consecutivo.
También estatuye que si fue reelecto no puede ser elegido, sino con el intervalo de un período.
El párrafo quinto del texto citado define que los concejos deliberantes que tengan 7 miembros se renovarán por mitades cada dos años.
La Convención Constituyente, además, instituyó en la Carta Magna que el mandato de los ediles será por cuatro años, con lo que se deja de lado la elección por dos años como se vino haciendo hasta el año pasado.
Cada dos años
Los cuerpos de los restantes 25 municipios se integran con 7, 9, 11, 12 y 21 ediles.
Con la reforma constitucional se determinó que los que cuenten hasta siete miembros se renovarán por mitades cada dos años.
Tienen 7: Aguaray, Cafayate, Campo Quijano, Colonia Santa Rosa, El Carril, El Quebrachal, Hipólito Yrigoyen, La Merced, Las Lajitas, Rivadavia Banda Norte, San Lorenzo y Santa Victoria Este.
Tienen 9: Cerrillos, Embarcación, General Guemes, General E. Mosconi, Joaquín V. González, Pichanal, Profesor Salvador Mazza, Rosario de la Frontera, Rosario de Lerma y San José de Metán.
Tartagal tiene 11 y Orán 12. El más numeroso es el de la ciudad de Salta con 21 concejales.
Estos municipios a partir de los comicios del 2025 renovarán la mitad de los miembros.
La elección de la mitad de los miembros cada dos años será similar al que se hace para renovar diputados y senadores.
En la Legislatura se analiza que la mitad de los miembros seguirá hasta 2027 y la otra mitad entrará en el sistema de renovación bianual que se comenzará a aplicar en el 2025.
Se estima que ese mecanismo, que posiblemente se realice por sorteo, será establecido a través de una ley del régimen electoral provincial.
Fuente: Diario el Tribuno.