A través de una resolución aprobada el 26 de junio de este año, el Concejo Deliberante pidió al Ejecutivo Municipal que instrumente las acciones para que el municipio ejerza su potestad sobre las tierras en litigio.
Antes de los últimos episodios relacionados con el conflicto entre la empresa Pernod Ricard y la Municipalidad de Cafayate por la propiedad de 32 hectáreas en la zona de la pista de aterrizaje, el Concejo Deliberante había pedido en el mes de junio al Intendente Fernando Almeda que articule acciones para asegurar el pleno derecho del municipio sobre la totalidad del catastro 2078 de una superficie de 31 Has. 9.505 m2.
Este es el texto completo de la Resolución 31/13 aprobada en el mes de junio de este año por el Concejo Deliberante de Cafayate, que en sus considerandos plantea una cronología desde la donación original:
VISTO:
El Artículo 31° inciso 14 de la Carta Orgánica del Municipio de Cafayate, que establece que es competencia municipal “usar y disponer de sus bienes. Cuando se trate de gravar o enajenar bienes inmuebles, la aprobación del acto requiere el voto favorable de los dos tercios de la totalidad de los concejales”, y
CONSIDERANDO:
Que es de público conocimiento que la Municipalidad de Cafayate aceptó una donación de tierras con el cargo de construcción de una Pista de Aterrizaje en Finca: “La Merced”, “La Florida” y “San Francisco”.
- Que el primer antecedente histórico sobre la mencionada ofrenda se remonta al año 1.962 cuando la propietaria, Sra. Carmen Rosa Ulivarri de Etchart, expresa su voluntad de donación de tierras para la construcción de una PISTA DE ATERRIZAJE al Gobierno de la Provincia de Salta.
- Que luego de este antecedente histórico se practicaron los planos de mensura, que llevan el número 105 en la Dirección Gral. de Inmuebles de la Provincia de Salta, sobre una superficie de 31 Has. 9.505 m2, llevando el mismo por Catastro el número 2.078 en el Departamento de Cafayate.
- Que por Ordenanza N° 08 del 9 de noviembre de 1979, dictada por la Municipalidad de Cafayate y firmada por el entonces Intendente Sr. Julio Octavio Ruiz Moreno, se acepta formalmente la donación de las tierras antes mencionadas con el cargo correspondiente.
- Que mediante el Decreto N° 962 de fecha 14 de julio de 1980, el Gobierno de la Provincia de Salta aprueba la Ordenanza N° 08/79 anteriormente citada, aceptando la donación ofrecida por la firma Arnaldo Etchart S.A., del catastro número 2.078 con una superficie de 31 Has. 9.505 m2.
- Que es conocido por la población cafayateña que la construcción de la mencionada Pista de Aterrizaje que llevaba el nombre “Arnaldo Etchart”, se construyó y usó incluso anteriormente a la aceptación formal de la donación.
- Que la firma Pernod Ricard Argentina S.A. que en el año 1.997 comprara a la empresa Arnaldo Etchart S.A., y que en sendas notas de los años 2000 y 2003, comienza a solicitarle a la Municipalidad de Cafayate responda a si desistió o no a la construcción de la Pista de Aterrizaje.
- Que en una tercera nota de Pernod Ricard Argentina S.A. de fecha 14 de noviembre de 2006, le solicita a la Municipalidad de Cafayate eleve al Sr. Gobernador la misma, para que éste dicte los actos administrativos que correspondieran para que quede sin efecto la mencionada donación por inejecución del cargo impuesto (construcción de la Pista de Aterrizaje).
- Que en nota dirigida al Gobernador de la Provincia Juan Carlos Romero, de fecha 20 de noviembre de 2006, la empresa Pernod Ricard Argentina S.A. solicita que dicte los actos administrativos que correspondieren para que quede sin efecto la donación en cuestión por inejecución del cargo impuesto.
- Que luego de haber tomado conocimiento el Gobierno de la Provincia de Salta del pedido en cuestión, y de haber intervenido los organismos correspondientes; el Presidente del Consejo del Fondo de Administración y Disposición de los Bienes Muebles e Inmuebles del Estado Provincial – Ministerio de Hacienda y Obras Públicas – mediante nota recibida por el Municipio de Cafayate el 23 de abril de 2007, le solicita al Intendente Juan E. Ocampo su intervención para dar contestación a la solicitud de Pernod Ricard Argentina S.A., es decir sobre devolución de parcela de tierra donada con cargo para la construcción de una Pista de Aterrizaje.
- Que en el expediente que adjunta el Presidente del Consejo del Fondo de Administración y Disposición de los Bienes Muebles e Inmuebles del Estado Provincial – Ministerio de Hacienda y Obras Públicas – al Intendente de Cafayate, adjunta: cédula parcelaria donde consta la titularidad de la Municipalidad de Cafayate en un 100% del catastro 2.078, con cargo para la construcción de una Pista de Aterrizaje; Decreto N° 962 del Gobierno de la Provincia de Salta con fecha 14/07/80 aceptación de donación, informe del Director General de Aviación Civil Salta, etc.
- Que en cartas documentos con fechas del 28/01/06, 25/04/06 y 22/03/07 cuatro herederos de la Sra. Carmen Rosa Ulivarri de Etchart, intiman a la Municipalidad de Cafayate a dar cumplimiento del cargo respecto de la donación efectuada oportunamente y también con iniciar acciones legales pertinentes en caso de incumplimiento.
- Que en nota recibida el 22 de mayo de 2008 dirigida a la Municipalidad de Cafayate, se deduce que en una carta que el Municipio le enviara a Pernod Ricard Argentina S.A. de fecha 5 de junio de 2007, el estado municipal argumenta que la firma en cuestión no sería la heredera del inmueble referido a matricula 2.078, a lo que la firma Pernod Ricard Argentina S.R.L. (desde el 31/08/07) solicita nuevamente que la donación quede sin efecto y se devuelva a la misma, ya que se considera como la legítima heredera.
- Que luego del cambio de administración municipal, diciembre 10 de 2011, la empresa Pernod Ricard Argentina S.R.L. también mediante escritos insiste en que se revoque el acto de donación anteriormente citado.
- Que es de conocimiento público que la firma Pernod Ricard Argentina S.R.L. desde hace como mínimo tres años a la fecha, está haciendo uso indebido de por lo menos dos hectáreas, en el inmueble de matrícula 2.078, que es de propiedad del Municipio de Cafayate, donde plantó vides.
- Que es de público conocimiento que la pista de aterrizaje a la que se hace alusión en la presente, fue inaugurada a fines de los años cincuenta y que fue repetidamente usada para el aterrizaje de aviones entre esa fecha y fines de la década del ochenta, como ejemplos se puede citar los aterrizajes de aviones con la venida de la Virgen del Milagro a mediado de los setenta, en el conflicto con Chile por el Canal de Beagle (año 1978), durante la Guerra de Malvinas (año 1982), etc.
- Que el camino de ingreso a la Pista de Aterrizaje o Cancha de Avión como se la conoce en Cafayate y empalme a la Ruta Nacional 40, es un remanente de la matrícula 2.079 de Suc. Arnaldo Etchart, de acuerdo a lo que establece la Cedula Parcelaria, y que el citado camino fue mantenido por muchos años por la Dirección de Vialidad de la Provincia de Salta.
- Que el camino antes mencionado tenía un ancho de catorce metros y estaba alambrado a ambos lados, éste fue cerrado sin consentimiento del Municipio de Cafayate hace por lo menos un lustro atrás.
- Que la jurisprudencia – E. 254.XXXVI Estado Nacional c/ Bs. As., Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad- al respecto establece que “la revocación (de una donación modal) no se produce ipso iure pues la intervención judicial es necesaria en caso de contestarse los hechos que configuraría la inejecución del cargo”.
- Que del fallo anteriormente citado que se esgrime como jurisprudencia, queda claro que la única forma de revocación de una donación con cargo y la toma de posesión del inmueble (por parte del donante), requiere que la resolución sea pedida judicialmente y exige la necesaria sentencia del juez que así lo declare.
- Que el Artículo 31° inciso 29, de la Carta Orgánica del Municipio de Cafayate, establece que es competencia municipal “Garantizar el uso de la tierra fiscal en función social, creando los instrumentos legales necesarios para este fin”
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CAFAYATE REUNIDO EN SESION Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
RESUELVE:
Artículo Primero: SOLICITAR al DEM articule las acciones necesarias ante quien corresponda, para asegurar el PLENO DERECHO sobre la totalidad de la matricula o catastro 2.078 que tiene una superficie de 31 Has. 9.505 m2 y que es propiedad del Municipio de Cafayate.
Artículo Segundo: Se adjunta en el ANEXO I detalle y documentación citada en los considerandos.
Artículo Tercero: Comuníquese a la firma Pernod Ricard Argentina S.R.L. al DEM y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CAFAYATE A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL TRECE
Blas Rodriguez liked this on Facebook.
Desde Junio esta el pedido de informes sobre este tema. Que hicieron los concejales ante la inaccion de Almeda???? Y no solo no contesto éste pedido sino muchos otros. Pareciera que los concejales creen que solo pidiendo informes termina su responsabilidad. Permitanme decirles que no. Si el Intendente es inactivo es culpa de la inactividad de los concejales.Ellos estan para controlar!!!!! Recién ahora FALTANDO 45 DIAS PARA QUE SE VAYAN deciden actuar como cuerpo todos juntitos, cuando durante toda la gestión se dijeron de todo? tarde concejales, tarde. De mi parte que les vaya bien y me despido no con un «hasta luego» sido con un exultante ADIOSSSSSS.-
CASITA ENTREGADOR¡¡¡¡¡ CASITA TRAIDOR¡¡¡¡¡